Los acuerdos de la Conferencia Sectorial de Educación y el documento conjunto de los Ministerios de Sanidad y Educación y Formación Profesional recogen recomendaciones relativas a las medidas de prevención e higiene frente al SARS-CoV-2 para los centros educativos en el curso 2020-2021; recomendaciones que deben servir de base para el trabajo que realizarán las consejerías de educación junto con los responsables de Sanidad o Salud Pública de cada comunidad autónoma. Podéis consultar ambos documentos ya que supone un primer paso normativo para afrontar la organización del próximo curso escolar, sin perjuicio de que haya que esperar al desarrollo autonómico de estas previsiones. Resumimos las principales medidas.

Entre estos acuerdos, adoptados con los únicos votos en contra de las Consejerías del País Vasco y de Madrid, destacan especialmente los siguientes:

  • El nuevo curso debe mantener su configuración normal: inicio en las fechas habituales del mes de septiembre, pautas temporales similares a otros cursos académicos, cumplimiento del mínimo de 175 jornadas lectivas legalmente establecido y adaptación de su aplicación en los centros educativos a las circunstancias concretas que puedan producirse en los mismos.
  • La actividad lectiva presencial se adoptará como principio general en todas las enseñanzas, niveles y etapas educativas.
  • Los centros educativos adaptarán sus programaciones didácticas para recuperar los aprendizajes imprescindibles no alcanzados y el logro de los objetivos previstos, incluyendo, en su caso, los aprendizajes prácticos.
  • Los centros docentes deberán elaborar planes de seguimiento y apoyo para el alumnado que experimente mayores dificultades de aprendizaje o emocionales derivadas de las circunstancias vividas, basándose en las directrices que establezcan las administraciones educativas.
  • Se fomentará el trabajo colaborativo entre los docentes de los centros educativos, bajo el liderazgo de sus equipos directivos, para permitirles dar una respuesta coordinada y rápida que permita hacer frente a las circunstancias imprevistas que se puedan producir.
  • Se seguirán las indicaciones establecidas por las autoridades sanitarias estatales y autonómicas, debiendo elaborar las administraciones educativas los protocolos de actuación necesarios (medidas de higiene, limpieza y control sanitario, distancias de seguridad entre personas, distribución de horarios y espacios para evitar contactos masivos).
  • Se adoptarán, en colaboración con los servicios de prevención de riesgos laborales, las medidas específicas para la atención a las personas incluidas en grupos de riesgo y para el tratamiento de los casos sospechosos.
  • Los centros deben elaborar, en el marco que establezcan las administraciones educativas, un plan de inicio de curso que establezca la organización del centro que mejor se adapte a las condiciones que se pueda dar en el nuevo curso, incluyendo las cuestiones señaladas en el punto 6.
  • Las Administraciones educativas:
    • Proporcionarán al profesorado y a los centros docentes (no se limita a los centros públicos, por lo que hay que entender que se incluyen todos los centros docentes) la información y los medios de formación necesarios acerca de los requisitos higiénico-sanitarios establecidos y la utilización de las instalaciones escolares en condiciones de seguridad. Asimismo, los centros educativos deberán celebrar con el alumnado sesiones informativas y de recuerdo de las reglas higiénico-sanitarias que deben aplicarse en su actividad cotidiana.
    • Prepararán los planes de contingencia necesarios para que los centros docentes puedan hacer frente a las eventualidades que se produzcan durante el curso 2020-2021, teniendo en cuenta la diversidad de tipos de centros e identificando los distintos escenarios que se puedan prever, así como el impacto que cada uno de ellos pueda tener sobre la actividad lectiva presencial.
    • Adoptarán las medidas necesarias para que los centros puedan ofrecer sus servicios complementarios habituales, especialmente de transporte y comedor escolar, en condiciones de seguridad y previendo su continuidad, aunque las circunstancias obliguen a realizar adaptaciones importantes en la prestación de esos servicios.
    • Prestarán especial atención a la dotación del equipamiento tecnológico necesario para los centros educativos (dispositivos, redes inalámbricas, conectividad, acceso a plataformas digitales) y el alumnado de todas las etapas y enseñanzas (mediante sistemas de entrega o préstamo). Al mismo tiempo, se promoverán las acciones de formación de profesores y alumnos para la utilización de dichos recursos, así como de asesoramiento a las familias que lo requieran para apoyar a sus hijos e hijas en su proceso de aprendizaje.
  • El Ministerio de Educación y Formación Profesional y las consejerías responsables de la educación:
    • Colaborarán para el desarrollo y la oferta de recursos para el refuerzo de la competencia digital.
    • Pondrán en marcha programas de cooperación territorial cofinanciados y orientados especialmente a:
      • La recuperación de los grupos estudiantiles que más han sufrido las dificultades vividas y el refuerzo de los centros afectados por las mismas;
      • La dotación de equipamiento tecnológico.

Este documento, que se configura como un marco común que debe adaptarse en cada comunidad autónoma y en cada centro educativo en su realidad y contexto local, contiene algunos puntos de interés que conviene destacar, sin perjuicio de insistir en que os recomendamos su lectura detenida, ya que responde a una casuística muy variada y recoge tanto cuestiones preceptivas como recomendaciones:

CONSIDERACIONES GENERALES

  • La educación a distancia no sustituye al aprendizaje presencial ni la socialización y desarrollo que permite el entorno escolar y la interacción con los docentes y entre los alumnos.
  • La educación no presencial ha generado brechas de desigualdad en el ámbito educativo.
  • No está demostrada la efectividad del cierre de las escuelas como medida para el control del SARS-CoV-2, especialmente por la diferente dinámica de su transmisión (afecta principalmente a adultos y personas mayores).
  • Hay estudios que consideran que el impacto negativo del cierre de centros educativos supera los posibles beneficios relacionados con la limitación de la transmisión del SARS-CoV-2.
  • Se debe retomar la actividad presencial, adoptando medidas de prevención e higiene con el diseño de una estrategia consensuada por los diferentes agentes implicados para minimizar al máximo el riesgo.

PRINCIPIOS BÁSICOS

Cada centro debe tener un Plan de Inicio de Curso y Planes de Contingencia, que prevean las actuaciones a realizar y los mecanismos de coordinación necesarios, recomendándose:

  • Que haya una persona responsable referente para los aspectos relacionados con el COVID-19.
  • Que se cree un equipo COVID-19 formado por la dirección del centro, secretaría (en nuestro caso, administración del centro), uno o varios miembros del equipo docente, un miembro del servicio de limpieza, y representantes de las familias y del alumnado. En este sentido, y aunque el documento no lo señala, los centros podrían plantearse la oportunidad de que este equipo coincida total o parcialmente con miembros del consejo escolar.

Los indicados planes deben responder a los siguientes principios básicos:

  • Limitación de contactos, ya sea manteniendo una distancia de 1,5 metros o conformando grupos estables de convivencia.
  1. Se insiste en garantizar la asistencia presencial del alumnado, con preferencia para los alumnos de hasta 14 años.
  2. De manera general, la distancia interpersonal ha de ser de 1,5 metros, reorganizándose los espacios escolares, con posibilidad de incorporar elementos que faciliten la separación, y con ventilación y limpieza adecuada. Esto afecta tanto al alumnado como al personal del centro.
  3. Como alternativa a la distancia interpersonal, en Educación Infantil y Educación Primaria se podrán establecer Grupos de Convivencia Estable (idealmente con un máximo de 15 alumnos y hasta un máximo de 20 si fuera necesario). Esta alternativa se recomienda como preferible en Educación Infantil y 1º y 2º de Educación Primaria. No obstante, las consejerías de educación podrán flexibilizar el número máximo de alumnos para los grupos de convivencia estable si se cuenta con autorización sanitaria para ello.
  4. Se debe organizar de forma escalonada las entradas y salidas del centro, y en su caso adoptarse otras medidas organizativas que eviten aglomeraciones.
  5. Se procurará reducir al mínimo los desplazamientos por el centro, y si es necesario, priorizar que se desplacen los profesores en lugar de los alumnos.
  6. Se recomienda evitar asambleas o reuniones presenciales, tratando de realizarlas de forma telemática; si se va a llevar a cabo algún acto con asistencia de público, se debe respetar el aforo y asegurar la distancia interpersonal.
  7. Se priorizará la comunicación telemática con las familias.
  8. Se aplicará al transporte escolar colectivo la normativa vigente al respecto.
  • Medidas de prevención personal, esencialmente mediante la higiene de manos y la higiene respiratoria.
  1. El uso de mascarilla (la de tipo higiénico y preferiblemente reutilizable) no es obligatorio con carácter general ni para los alumnos ni para el personal, planteándose distintas situaciones según los niveles y funciones laborales que se llevan a cabo.
  2. El uso de guantes solo se recomienda para las tareas de limpieza.
  3. Se recomienda el uso de cartelería y señalética amigables para la infancia y que se dedique un tiempo diario al recuerdo de las pautas de higiene y limpieza.
  • Limpieza, desinfección y ventilación del centro con frecuencia.
  1. La limpieza y desinfección se debe llevar a cabo al menos una vez al día, reforzándose en los espacios que lo precisen por su intensidad de uso, y en el caso de los aseos, al menos tres veces al día. En los espacios que se utilicen por turnos se recomienda la limpieza, desinfección y ventilación entre turno y turno.
  2. Se debe proceder a la ventilación frecuente de las instalaciones durante al menos 5 minutos (10 minutos si el espacio ha estado previamente ocupado) al inicio, de la jornada, al finalizar y entre clases, siempre que sea posible.
  3. Se debe llevar a cabo una gestión adecuada de los residuos para evitar que se conviertan en posibles focos de contagios.
  • Gestión adecuada y precoz de casos.
  1. No deben asistir al centro los estudiantes, docentes y otros profesionales (y por extensión se debe aplicar a todo el personal) que tengan síntomas compatibles con COVID-19, o que se encuentren en aislamiento o en período de cuarentena.
  2. En caso de detección de una persona con síntomas compatibles con COVID-19 se debe contar con un protocolo de actuación que se basará en su traslado a un espacio separado de uso individual, la colocación de una mascarilla quirúrgica a la persona que ha iniciado síntomas y a quien queda a su cuidado, y a poner en conocimiento de la situación a los servicios sanitarios y/o al servicio de prevención de riesgos laborales.

ACCIONES TRANSVERSALES

Adicionalmente, en el documento se recogen una serie de acciones de carácter transversal y que, en muchas ocasiones, desarrollan aún más los apartados que os hemos señalado anteriormente. Estas acciones se refieren a tres aspectos diferentes:

  • Reorganización del centro, tanto en relación con la gestión de los recursos humanos como con los espacios del centro, los horarios, la flexibilización y la gestión de los recursos materiales.

En este apartado os destacamos que se contempla, al igual que os señalamos al comentar los Acuerdos Sectoriales, que las administraciones educativas deberán proveer a los centros educativos de los medios para que sus trabajadores cuenten con los equipos de protección adecuados; señalándose en particular que se debe contar con mascarillas quirúrgicas para utilizar en el caso de que alguien inicie síntomas y mascarillas higiénicas para el profesorado y para reponer las del alumnado en caso de necesidad u olvido (extremos que debemos poner en relación con los supuestos en que se exige su utilización obligatoria).

  • Coordinación y participación: en el primer caso con los Servicios Sanitarios, con los Servicios Sociales y con las entidades locales, y en el segundo, con las familias y los alumnos.
  • Comunicación y educación para la salud, informando de los protocolos de actuación y las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud implantadas, así como incluyendo de manera transversal estas cuestiones en los programas y actividades que se vienen realizando en el centro.
  • Equidad, enfocada a la atención a las situaciones de vulnerabilidad social, de especial necesidad educativa y de dificultades de los progenitores para compatibilizar su trabajo con el seguimiento de las tareas educativas.

MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA EDUCACIÓN ESPECIAL Y PARA EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO

Finalmente, el documento recoge algunas medidas adicionales para estos ámbitos, atendiendo a sus características propias, y que afectan a los contactos, las medidas de prevención personal, la limpieza y la ventilación.

Marketing Digital. Este proyecto ha sido desarrollado por Grupo Enfoca: Diseño web Alicante